Cataluña rebaja el número de inmuebles para ser considerado gran tenedor

2023
Cataluña gran tenedor

Descubra qué conllevaría cumplir con estas condiciones.

¿Ya conoce todas las novedades acerca de la Ley de Vivienda? Sin duda, una de las regulaciones más polémicas en el mercado inmobiliario en estos últimos años.

Tras recibir objeciones de diversos sectores, el pasado mes de agosto de 2023, la Generalitat de Cataluña respondió al Ministerio en funciones, presentando un documento en el que se incluyen cambios en la propuesta original muy interesantes.

 

Se rebajan de 10 a 5 los inmuebles en propiedad para ser gran tenedor

 

De aprobarse dichas modificaciones, se consideraría como gran tenedor:

 

  • La persona – física o jurídica – con cinco o más inmuebles, propietaria de una superficie de más de 1.500 m2 destinada al uso comercial, excluyendo garajes y trasteros.

 

¿Qué conllevaría cumplir con estas condiciones?

 

Acatar estos criterios implicaría una restricción en la capacidad para establecer los precios del alquiler. La Ley de Vivienda limita el aumento anual al 2% en 2023 y al 3% en 2024, incluso si el inmueble se encuentra en una zona tensionada.

 

Además, aquellos calificados como grandes tenedores deberían:

 

  • Asumir los costes de gestión inmobiliaria y formalización del contrato.
  • Extender el contrato por un año, si el inquilino se encuentra en una situación de vulnerabilidad.
  • Proporcionar información detallada sobre la propiedad, incluyendo datos informativos y usos.
  • Ofrecer al inquilino un alquiler social en caso de impago u otros problemas.

 

Según los datos recopilados por el periódico El Economista en su estudio sobre la ciudad de Barcelona – utilizando información de 2021 – este cambio en la definición de gran tenedor supondría, como mínimo, la incorporación de más de 20.000 viviendas únicamente en la capital catalana.

En cuanto al grupo de propietarios, involucraría más de 2.500 individuos, con una mayoría de personas físicas en comparación con entidades jurídicas; aunque la diferencia entre ambos conjuntos es muy poca.

 

Los promotores sociales no entran en la categoría de grandes tenedores

 

En el informe presentado, los promotores sociales y los promotores privados cuya principal finalidad sea la promoción de viviendas de protección oficial para la venta (y no para el alquiler) quedarían exentos de ser considerados grandes tenedores.

 

Equipo de Finques Company

 

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10/10/2023
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