El Impuesto sobre el Valor Añadido en las viviendas de obra nueva: todo lo que debe saber

2024
IVA obra nueva

Conozca como una gestión adecuada de este impuesto le ayudará a obtener el mayor beneficio.

¿Planea vender una propiedad de obra nueva durante este 2024? ¡Puede ser una excelente decisión! Pero recuerde: el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) juega un papel fundamental en este tipo de transacciones.

Una gestión adecuada de este impuesto no solo garantiza el cumplimiento de las leyes fiscales, sino que también le permitirá establecer un precio competitivo en el mercado y maximizar sus beneficios.

 

El Impuesto sobre el Valor Añadido

 

Comúnmente conocido como IVA, el Impuesto sobre el Valor Añadido se aplica al consumo de bienes y servicios en múltiples ámbitos. Es un requisito en la mayoría de las naciones y se implementa uniformemente en toda la Unión Europea.

Durante cualquier operación de venta, es esencial tener en cuenta el IVA, tanto en la emisión de facturas como el cálculo del precio final de los productos.

 

¿Cómo se aplica el IVA en las viviendas de obra nueva?

 

El IVA se aplica exclusivamente a propiedades recién construidas – tratadas como transacciones comerciales – en comparación con las viviendas de segunda mano, que se categorizan como transmisiones patrimoniales y están sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Según la Ley 37/1992 – del 28 de diciembre – acerca del Impuesto sobre el Valor Añadido:

 

  • “Los compradores de propiedades nuevas destinadas principalmente a viviendas deben abonar el tipo impositivo vigente en el momento de la transacción. Esto se aplica a edificaciones donde, al menos, el 50% de la superficie construida se destina a inmuebles e incluye garajes y anexos transmitidos conjuntamente (siempre que el número de plazas de garaje designadas a cada propietario no supere las dos unidades)”.

 

En España, el IVA para estas propiedades es del 10% del valor del inmueble. El comprador abona la cantidad al vendedor, quien a su vez lo transfiere a Hacienda Pública.

 

Excepciones en el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido

 

Hay situaciones especiales en el pago de esta contribución:

 

  • Los inmuebles bajo regímenes particulares, como los de protección oficial (VPO) o integrados en los proyectos públicos, se benefician de un descuento en el IVA, que puede llegar hasta una reducción del 4%.

 

Impuestos asociados a la venta de un inmueble

 

Como hemos mencionado anteriormente, en lo concerniente al IVA, es responsabilidad del comprador pagar este importe, mientras que el vendedor solo debe remitirlo a la administración tributaria.

Eso sí, es fundamental para el propietario estar informado sobre los tributos relacionados con la venta de su inmueble. ¿Cuáles son estos gravámenes?

 

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): al vender una propiedad, se genera una variación de patrimonio, considerada legalmente como una ganancia patrimonial. Aunque en situaciones se vende el inmueble por un precio inferior al de adquisición, es necesario declarar cualquier ganancia obtenida y pagar las tasas correspondientes al IRPF en el ejercicio fiscal siguiente a la venta.

 

  • Plusvalía Municipal: grava el incremento del valor del terreno desde la compra hasta la venta. Generalmente, se abona dentro de los 30 días hábiles posteriores a la firma. Es aconsejable consultar con el Ayuntamiento del lugar donde se encuentra la vivienda para confirmar el plazo y la cantidad exactos, dado que se trata de un impuesto local.

 

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): aunque se debe pagar anualmente independientemente de si se realiza una transacción de venta, es importante que este gravamen esté al día para asegurar que la propiedad se transfiere sin cargas pendientes.

 

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19/01/2024
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